NIVEL BÁSICO DE PREVENCIÓN EN CONSTRUCCIÓN: (RECURSO PREVENTIVO)

El Recurso Preventivo aparece obligatorio por la Ley 54/2003, en su modificación del 12 de diciembre 2003, y establece que todas las empresas que actúen como contratas de una empresa constructora (electricistas, carpinteros, enlosadores, fontaneros, albañiles, etc.) deben tener a una persona que se encargue de velar por la prevención de riesgos laborales, este será el "Recurso Preventivo". 

Nº DE HORAS: 60

MODALIDAD: MIXTA (20 HORAS PRESENCIALES)

CURSO DIRIGIDO A (Perfil del alumno): Los trabajadores de las empresas, que trabajen en obras de construcción y que la empresa actúe como contratista. El Recurso Preventivo nunca podrá ser el Jefe de la empresa.